Esta semana, para el test mínimo, hemos elegido una pregunta firmemente candidata a ser impugnada, y lo hemos hecho así por tener una excusa para tratar el tema de las alegaciones que pueden presentar los opositores cuando están en desacuerdo con algún punto o fase del proceso selectivo.
Impugnación de oposiciones
El derecho de acceso al empleo público, en condiciones de igualdad, mérito y capacidad, es un derecho fundamental de configuración legal, tal como expresamente dispone el artículo 23.2 de la Constitución española. Cualquier irregularidad o vulneración de este derecho dará lugar a que los perjudicados puedan proceder a impugnar la oposición y a interponer los recursos que procedan según el caso, tanto en la vía administrativa como en la judicial.
¿Qué se puede impugnar?
En los procesos selectivos para el acceso a la función pública se pueden dar distintas irregularidades que motiven una impugnación. Entre otras, las siguientes:
- Exclusiones de aspirantes;
- manipulaciones o irregularidades en la composición de los Tribunales de oposiciones;
- la totalidad de las bases de las convocatorias;
- errores en la configuración de las pruebas, preguntas, correcciones o puntuación;
- incidencias durante los exámenes;
- problemas o regímenes transitorios por cambios normativos;
- errores en valoración de los méritos;
- impugnación de las listas de aprobados…etc.
¿Cómo impugnar preguntas de un examen de oposición?
Impugnar es un proceso complejo que en la mayoría de los casos citados anteriormente necesitará del asesoramiento de un abogado. Sin embargo impugnar preguntas de un examen es relativamente sencillo y suele ser la causa más habitual de impugnación.
Cuando tras la publicación de la plantilla de respuestas al examen se aprecia algún error ( pregunta que no se ajusta al temario, respuesta errónea, más de una respuesta válida, etc), se puede dirigir un escrito al tribunal o al órgano que se determine en las bases de la convocatoria, para impugnar una o varias preguntas. El documento que deberás redactar debe incluir los siguientes datos (Artc. 115, Ley 39/2015):
- El nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo.
- El acto que se recurre y la razón de su impugnación.
- Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
- Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación.
- Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.
Ejemplo de impugnación de una pregunta de examen
Vamos a ver un ejemplo sobre cómo impugnar utilizando la pregunta propuesta en el test mínimo semanal. A
continuación encontrarás la exposición de motivos y justificación del argumento. También puedes acceder desde aquí a un modelo-tipo de impugnación que puedes utilizar adaptando el texto a la oposición a la que a la que te hayas presentado.
Después de anotar el órgano al que se dirige el recurso, la identificación de la convocatoria a la que se refiere y los datos de identificación del recurrente se pasa a exponer los motivos y a solicitar la corrección, anulación de la pregunta.
EXPONE:
PRIMERO.- Que en la primera pregunta del test mínimo del mes de febrero, la opción A. y la opción C. son válidas.
SEGUNDO.- Que el enunciado de la pregunta dice literalmente «La designación general de la clase de documento es un elemento” ofreciéndose las siguientes opciones de respuesta, de las cuales sólo una de ellas podía ser válida:
A. Que ha sido eliminado del Área 1.
B. Que forma parte del Área de Descripción física.
C. Que forma parte del Área de Título y Mención de responsabilidad.
D. Todas las respuestas son correctas.
TERCERO.- Que el enunciado de la pregunta no se refiere a ninguna normativa específica.
CUARTO.- Que la opción A. es correcta según la ISBD consolidada que elimina del Área 1 la Designación General de material «Tras varias revisiones y un periodo de revisión mundial, una nueva Área 0, denominada Área de Forma del Contenido y de Tipo de medio con sus elementos del mismo nombre, fu aprobada en 2009 y publicada en el sitio web de IFLA. Ahora se incluye en la ISBD por primera vez, eliminándose del Área 1 la Designación General de Material” (ISBD consolidada, 2011, revisión 2013)
QUINTO.- Que la opción C. es correcta según las Reglas de catalogación españolas vigentes, «Área 1 de título y de mención de responsabilidad. Elementos del área: Título propiamente dicho, Designación general de la clase de documento, títulos paralelos…” (Regla 1.1)A la vista de todo ello
SOLICITA:
ÚNICO.- Que la pregunta sea anulada por ofrecer dos opciones de respuesta válidas.
Después de redactado el recurso se presenta en un Registro General del Estado o de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Esta entrada es la respuesta a la pregunta semanal del Test mínimo: La designación general de la clase de documento es un elemento: –> Consulta las respuestas.
¡Hola! Un post muy útil.
Yo nunca he impugnado preguntas, pero ahora necesito impugnar varias de un mismo examen.
¿Cómo se estructuraría la exposición de motivos en ese caso?
¡Gracias!
Hola Lucía,
Debes exponer los motivos y argumentos pregunta a pregunta abriendo tantos apartados como sean necesarios (primero, segundo….)
Suerte 😉
Buenos días , he realizado un test de examen de mi ayuntamiento, donde la pregunta nº 5 del examen dice :
¿el retén de la policia local se encuentra?
a/ c/finlandia intersección con avd/rumania
b/generalitat valenciana intersección con c/puchalt
c/holanda intersección con avd/ejercitos españoles
d/ninguna de las tres respuestas son correctas.
El tribunal da por buena la respuesta C. Pero viendo la página web del ayuntamiento y la propia de la policía local, sitúa el retén en la avd Europa nº 15, he impugnado la pregunta y la han desestimado respondiendo que no se estaba preguntando por la dirección del retén. Dado que el retén de la Policía Local catastralmente se encuentra en avd/europa nº 15, y que las calles adyacentes serian: avd/ejercitos españoles y c/ holanda, ¿ no sería la respuesta correcta avd/ europa con c/ Holanda? Al no existir esa respuesta yo considero que la respuesta correcta sería la D: ninguna de las 3 es correcta.
Es de vita importancía que puedan ayudarme , pues es el puesto de trabajo el que está en juego. Gracias de antemano.
Hola manuel, siento no poder ayudarte. La temática de esta web son las bibliotecas y algo tan particular como lo que comentas no lo conozco.
Saludos y suerte.
Una vez impugnada una pregunta, si la impugnación no tiene éxito, ¿cabria otro tipo de recurso?
o que habría que hacer en ese caso?
Hola David,
Lo siguiente sería interponer un Recurso de Alzada en el plazo establecido para ello. Puedes ver más información sobre el recurso de alzada aquí: http://www.interior.gob.es/
Saludos.
Hola, el sábado me presenté a una oposición, examen tipo test. Nos hicieron firmarlo. Es procedente? O es motivo de impugnación? . Gracias y un saludo
Hola Carmen, no creo que firmar un examen sea motivo de impugnación. En cualquier caso para impugnar tendrías que encontrar un argumento legal en el que basar tu impugnación.
Saludos.
Hola, quería preguntar si es posible interponer recurso por omisión del tiempo de realización del ejercicio de oposición en las bases de la convocatoria.
Hola Rubén,
En mi opinión (no soy experta en estos temas) podrías interponer un recurso si en las bases se ha omitido ese dato y si el tribunal tampoco anunció el tiempo disponible para realizar la prueba, antes de comenzar.
Si todavía no se ha realizado el examen podrías dirigir tu consulta directamente al tribunal por si se tratara de un error que pueden subsanar.
Saludos.
Muchas gracias por la información que proporcionáis. Quería preguntar cuál es el plazo para presentar un recurso de alzada cuando la impugnación no tiene éxito.
En abril de 2019 registré un documento que argumentaba por qué algunas preguntas de oposición a la Administración Especial que, según mi criterio, debían ser anuladas. Hace 3 meses y medio y nunca he recibido respuesta.
He telefoneado en más de una ocasión al Ayuntamiento y nadie me puede decir nada. He escrito correos electrónicos a Recursos Humanos del Ayuntamiento y tampoco responden nunca. Incluso registré otra instancia preguntando qué pasaba cuando había pasado un mes.
¿podéis decirme por favor qué plazo existe para, por una parte, poder encaminar la queja con un recurso de alzada? Disculpad mi ignorancia pero, ¿habría, por el contrario, que asumir un silencio administrativo si nunca me responden? O ¿este silencio sucedería más tarde? Me siento muy indefensa, y considero que han hecho las cosas mal debido a la urgencia del proceso (cubrir un permiso de una persona) pero eso no exime de defender nuestros derechos al acceso a un puesto de trabajo público.
Adicionalmente: ¿cuál es el plazo que tiene la Administración para enviar el folleto de respuestas y copia del examen? He solicitado uno correspondiente a otro proceso, por instancia general tal y como me indicaron, y en este caso, han pasado 2 semanas y no he tenido respuesta.
Hola María, entiendo tu impotencia ante la falta de respuesta, a veces el trato con la Administración pública es así, aunque no debería.
Puedes consultar todo lo relativo al silencio administrativo, la interposición de recursos y plazos en la Ley 39/2015. También de manera resumida en esta entrada.
Sin ser una experta en estos temas legales interpreto, que salvo que haya una norma específica en contrario, el plazo a partir del cual el interesado puede considerar desestimada su solicitud, según el artículo 21 de la Ley 39/2015, será de tres meses por lo que a partir de ese momento podrías interponer recurso de alzada en cualquier momento.
En cuanto al plazo que tiene la administración para enviar copia del examen sinceramente no sé si hay un plazo establecido, creo que no o al menos nunca lo he visto. Consulta las bases de la convocatoria por si dice algo al respecto y sobre todo insiste preguntando por teléfono o email hasta que te den una respuesta.
Ánimo, espero que tengas suerte 😉
¡Muchas gracias por tu respuesta, Lía! Revisaré con atención toda la información que reseñas.
Un saludo y feliz verano
Es posible impugnar una pregunta por no encontrarse la información publica o accesible
Perdón era una pregunta. ¿Es posible?
Hola Rocío,
Para presentar una reclamación o recurrir la resolución de un tribunal (por cualquier causa) hay que atenerse a lo que establezcan las bases. En caso de duda puedes impugnar y esperar la respuesta del tribunal o contactar primero con recursos humanos del organismo convocante o directamente con el Tribunal, para que te indiquen el procedimiento a seguir, plazos y si procede o no.
Saludos.
Ayer hice un examen para el ayuntamiento de San Fernando (Cádiz). El tema es que era a desarrollar lo cual supone que será corregido no por una máquina sino por las personas encargadas para ello. Bien, pues el tema es que en cada folio que entregamos tuvimos que anotar nuestro nombre y apellidos. Tengo bastantes dudas de que esto sea legal y quería saber si se puede recurrir.
Hola José María,
En mi opinión en todos, pero sobre todo en exámenes como el que mencionas, debería garantizarse la imparcialidad con el anonimato.
Como no soy experta en estos temas legales te recomiendo que leas este artículo, que trata sobre este asunto, por si te animas a impugnar.
Saludos y suerte 😉
Buenas noches, en un examen tipo test se pueden dar dos respuestas validas de 4 alternativas cuando en las bases especifica «Cuando el ejercicio o parte del ejercicio consista en un cuestionario de tipo
test, éste contendrá 4 respuestas alternativas a cada pregunta, de las cuales sólo
una será la correcta.!
Gracias
Hola, Rocío. Si en las bases dice que sólo puede haber una respuesta correcta está claro que no puede haber más que una. Si como dices hay dos opciones correctas esa pregunta se podría impugnar.
Saludos.
Hola, queria impugnar un examen porque las preguntes no estaban dentro del temario y porque tambien calificaban una entrevista personal con 5 puntós, y no lo han hecho.
que tendria que hacer??
Alguien conoce algun abogado especialista?
Gracias
Si después de un examen de una oposición hay que impugnar varias preguntas por no corresponder al temario, hay algún número de preguntas anuladas que de pie a anular todo el examen y tener que repetirlo?
Buenos días. Me presenté a una oposición en la que el temario se dividía en dos partes (General y Especifica) , y en la que había dos pruebas, una parte teórica mediante un test de todo el temario y una parte práctica mediante un supuesto práctico de la parte específica.
El examen tipo test de 50 preguntas, que según las bases trata de ambas partes del temario (compuesto por 32 temas, 18 de la parte General y 14 de la parte Específica), solo había 7 preguntas de la parte General del temario, por 43 de la parte Específica. Teniendo en cuenta la desproporción de preguntas de una parte y de otra y que hay mas temas de la parte General, y que de las 7 preguntas dedicadas a esta parte, 3 son del mismo tema, quería saber si seria posible impugnar todo el examen y si existe base legal para hacerlo.
Hola, David.
Siempre que consideres que en una oposición ha habido alguna irregularidad puedes recurrir, en princincipio dirigiéndote al tribunal de la oposición y si no te satisface la respuesta y consideras que te asiste la razón presentando el recurso después a otras instancias.
En este caso, en mi opinión, tendrías posibilidades de que tu recurso prosperara si en las bases se detallara el porcentaje de preguntas que iban a poner de una y otra parte. Si no es así y siempre que en el examen no haya preguntas fuera de temario lo veo difícil, pero lo puedes intentar.
Saludos.
Hola! en el caso de que hayan anulado una pregunta que considero que no debería haberse anulado. ¿Puedo impugnarlo también en un recurso de alzada?
Hola, Leire.
Revisa la publicación en la que el Tribunal anula la pregunta (o en su caso las bases de la convocatoria) porque normalmente ahí es donde especifican si se puede o no interponer recurso de alzada contra la plantilla definitiva.
¡Saludos!
Hola, acabo de realizar el segundo examen de auxiliar medioambiental, en las bases, se refiere a un examen teórico de un supuesto práctico, basado en las ordenanzas del ayuntamiento, en el examen han puesto 7 preguntas las cuales ninguna era un supuesto práctico, te preguntaban por artículos concretos, que ni eran competencia de un auxiliar medio ambiental. Que puedo hacer..
Hola, Eva.
Impugna el examen argumentando precisamente eso, que el contenido del examen no se correspondía con el programa y no estaba de acuerdo a lo exigido en las bases.
¡Suerte!
Hola. Si anulan varias preguntas de 90 y no había ninguna de reserva, ¿se siguen contabilizando las 90 para calcular la nota o se restan las anuladas? No veo nada en las bases. Restan los fallos, pero no las que están en blanco. ¿Las anuladas cuentan como en blanco? Gracias de antemano.
Hola, cada proceso selectivo es distinto por lo que debes dirigir tu consulta al tribunal constituido para la convocatoria que te interesa. El Tribunal es el más indicado para aclarar tus dudas sobre los criterios que van a seguir en la evaluación del examen.
Normalmente en las bases de las convocatorias se detalla la forma de contactar con el tribunal.
¡Saludos!