APUNTES DE CATALOGACIÓN. 8. Descripción de música impresa..

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DESCRIPCIÓN DE MÚSICA IMPRESA

Para la descripción de este tipo de documentos, en general, se siguen las mismas normas que para las grabaciones sonoras y para monografías.

Áreas del asiento bibliográfico Fuentes de información prescrita
Área de título y mención de responsabilidad Portada o parte de la publicación que la sustituya.
Área de edición Portada, otros preliminares y colofón
Área de datos específicos de música impresa Portada, otros preliminares y colofón
Área de publicación Portada, otros preliminares y colofón
Área de descripción física La publicación en sí misma
Área de serie Portada, otros preliminares y colofón
Área de notas Cualquier fuente
Área de nº normalizado y condiciones adquisición Cualquier fuente

La fuente principal de información es la portada o, en su defecto, aquella parte de la publicación que contenga la información bibliográfica más completa. Normalmente en la música impresa, esta parte suele ser la primera página de música con la cabecera.

ESQUEMA DE LA FICHA – MÚSICA IMPRESA
Área 1ª | Área 2ª | Área 3ª | Área 4ª | Área 5ª | Área 6ª | Área 7ª | Área 8ª

ENCABEZAMIENTO

[Título uniforme]

Título [música impresa]= título paralelo : subtítulo o información complementaria del título / mención de responsabilidad ; otras menciones . – Mención de edición / mención de responsabilidad de edición, mención de edición adicional . – Datos específicos de música impresa . – Lugar de edición : nombre del editor, año.

Extensión y designación específica del material (duración) : otras características físicas : dimensiones + material anejo.- (Título de serie : nº)

Notas

Número de la casa comercial

Relación de entradas secundarias

CDU


Encabezamiento


Por regla general se aplican las mismas normas que para las monografías y de forma específica para esta clase de documentos se pueden citar las siguientes:

  • Arreglos, transcripciones, etc.: Se encabezarán por el compositor original, y se hará asiento secundario por el arreglista, excepto en el supuesto de que a los arreglos, adaptaciones, etc. se le incorpore nueva música, en cuyo caso el encabezamiento principal recaerá sobre el arreglista, adaptador, etc.
  • Misceláneas: Se encabezarán por el compositor del conjunto.
  • Música vocal: El encabezamiento principal recaerá sobre el compositor de la música, y el secundario, sobre el autor del texto, cuando éste se encuentre en la publicación.
  • Música de ballet: Se encabezará por el compositor y se hará secundaria de los coreógrafos, autores del argumento, etc., cuando sus nombres aparezcan en la fuente principal de información.
  • Música incidental, es decir, aquella compuesta generalmente para orquesta, aunque puede incluir alguna canción, y escrita para ser interpretada en combinación con una obra escénica, se encabezará por el compositor y se hará secundaria de autor-título por el autor literario de la obra.

El título uniforme se indicará igual que en las grabaciones sonoras a excepción de que se trate de una partitura vocal o partitura de coro, en cuyo caso se añadirá al título uniforme el tipo de partitura separado por punto. Ej.: [La traviata. Partitura de coro]

Área de datos específicos de música impresa

En esta área se recogen las menciones que especifican el formato musical de la obra. Los datos referentes a las características físicas de la publicación se indicarán en el área de descripción física.

La mención específica del formato se reseñará en los mismos términos utilizados en la publicación. Ej.: Studien-Partitur, – Partitura y partes, etc. Si no aparece ningún término en la publicación, se indicará entre corchetes, en la lengua del centro catalogador o bien en la de la edición, preferentemente utilizando los términos que aparecen en el área 5. Ej.: [Partitura vocal], [Partitura abreviada], etc.

Términos frecuentemente utilizados en la mención específica del formato:


  • Parte o partes: Cada una de las partes de los instrumentos y voces de una obra, copiadas independientemente. Es decir, cada una de las hojas sueltas de la música destinada a una voz o a un instrumento en una ejecución de conjunto (la parte destinada al violín, la parte destinada a la trompeta, etc.). También se conoce como Partichela.
  • Parte de piano director o Parte de violín director: En una obra para un conjunto, la parte de un instrumento que permite al intérprete dirigir al conjunto mediante las anotaciones de las entradas de otros instrumentos. Ej.: -No partitura completa, -Concermaster.
  • Partitura: En inglés, Score; en francés, Partition ; en alemán, Partitur. Ejemplar musical en el que aparecen superpuestos en una misma página todas las partes vocales y/o instrumentales de una obra. Ej.: – Partitura de director.
  • Partitura abreviada: Ejemplar reducido a un mínimo de pentagramas.
  • Partitura de coro: En una obra vocal en la que sólo aparecen las voces del coro sin ningún acompañamiento instrumental.
  • Partitura de estudio: Una partitura completa igual que la partitura, cuyo fin es el estudio y no la interpretación. También conocidas como de bolsillo (el tamaño las identifica).
  • Partitura vocal: En obras para voces y orquesta o conjunto instrumental, es aquel formato que indica todas las parte vocales pero la instrumentales quedan reducidas al piano o a cualquier otro instrumento de tecla.
  • Reducción: Trascripción para uno o dos instrumentos o canto con piano de una partitura escrita originariamente para varios instrumentos u orquesta o para coro y orquesta. Reducción para piano, transcripción para piano de una obra instrumental lírica, etc.

Área de descripción física

En la extensión se indicarán en números arábigos las unidades que componen el documento, seguido de su designación específica y a continuación, entre paréntesis, se reseñarán las páginas, hojas o volúmenes del mismo. Ej.: 1 partitura de estudio (80 p.)

En este tipo de documentos se considera material anejo también a las partes publicadas junto a una partitura. Ej.: 1 partitura de estudio (80 p.) ; 25 cm. + 1 parte.

Área de número normalizado

El ISMN International Standard Music Number es el número internacional que identifica unívocamente las publicaciones de música notada, ya sea para su venta, alquiler, difusión gratuita o a efectos de derechos de autor.
La solicitud de ISMN por parte del editor no es obligatoria aunque si recomendable, ya que sirve para racionalizar la elaboración y el tratamiento de las publicaciones de música notada y sus respectivos datos bibliográficos: para las editoriales, el comercio de música y las bibliotecas.
El código numérico consta de 13 dígitos estructurados en 5 elementos, algunos de los cuales son de longitud variable. Irá siempre precedido por las siglas ISMN. (Agencia ISMN)

Actualmente no existe un número normalizado para este tipo de documentos,  la publicación puede llevar ISBN o ISSN y también se pueden indicar otros números que aparecen en el documento como por ejemplo, el número de editor (N.editor) y el número de plancha (N.pl). Ej.: N.editor 4827.-N.pl. 3725.

Apuntes de catalogación
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