¿Qué es la interoperabilidad?

La interoperabilidad es la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos. (Real Decreto 4/2010).

La cooperación entre las Administraciones Públicas es esencial para proporcionar los servicios a los ciudadanos y garantizarles su derecho a relacionarse con ellas por medios electrónicos.

Para que dicha cooperación se lleve a cabo con fluidez resulta necesaria la interoperabilidad:

  • Para la cooperación, el desarrollo, la integración y la prestación de servicios conjuntos por las Administraciones públicas;
  • para la ejecución de las diversas políticas públicas;
  • para la realización de diferentes principios y derechos de los ciudadanos;
  • para la transferencia de tecnología y la reutilización de aplicaciones en beneficio de una mejor eficiencia;
  • para la cooperación entre diferentes aplicaciones que habiliten nuevos servicios;

La interoperabilidad permite la interacción, el intercambio de datos y la puesta en común de información y conocimiento. Es el elemento indispensable que hace que sea posible la administración electrónica.

Las claves fundamentales de la interoperabilidad son la colaboración, las infraestructuras, los servicios comunes y un marco legal favorable que permita llevar a cabo el proyecto.

Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)

El Esquema Nacional de Interoperabilidad, regulado por el Real Decreto 4/2010, establece los criterios y recomendaciones que deben tener en cuenta las Administraciones públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad entre ellas mismas y con los ciudadanos.

El ENI y sus normas técnicas de interoperabilidad , contemplan de manera sistemática el enlace con instrumentos equivalentes del ámbito europeo.

El objetivo central del ENI es crear las condiciones necesarias para garantizar el adecuado nivel de interoperabilidad que permita el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través del acceso electrónico a los servicios públicos y evite la discriminación a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica.

Principales elementos del Esquema Nacional de Interoperabilidad

 

  • Aplicar principios específicos: interoperabilidad integral, de carácter multidimensional y con enfoque de soluciones multilaterales.
  • Interoperabilidad organizativa: Relativa a la colaboración entre entidades y a la interacción de los servicios, los procedimientos y los procesos.
  • Interoperabilidad semántica: Relativa a que la información intercambiada pueda ser interpretable de forma automática y reutilizable por aplicaciones que no intervinieron en su creación mediante el uso de modelos de intercambio de datos e integración de infraestructuras, servicios y herramientas comunes.
  • Interoperabilidad técnica: a través del uso de estándares en las condiciones previstas en la normativa, para garantizar la independencia en la elección, la adaptabilidad al progreso y la no discriminación de los ciudadanos por razón de su elección tecnológica.
  • Interoperabilidad temporal: Relativa a la recuperación y conservación del documento electrónico, según lo establecido en la Ley 11/2007, como manifestación de la interoperabilidad a lo largo del tiempo, y que afecta de forma singular al documento electrónico.
  • Interoperabilidad de la firma electrónica y de los certificados: Relativa a la política de firma electrónica y de certificados de la Administración General del Estado, como herramienta que podrá ser utilizada como referencia por otras Administraciones Públicas.
  • La reutilización: Accesibilidad multicanal integrada y segura que incluye condiciones de licenciamiento de las aplicaciones, de la documentación asociada y de otros objetos de información que las Administraciones Públicas pongan a disposición de otras administraciones y de los ciudadanos.

Fuente:

Portal Administración electrónica (PAe). Interoperabilidad

Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Esta entrada es la respuesta a la pregunta semanal del Test mínimo: ¿En qué disposición se define la Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica?–> Consulta las respuestas.