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Supuestos de información general

En el servicio de información general de una biblioteca se resuelven preguntas relativas al horario de apertura, normativa de préstamo, requisitos para realizar el carné de usuario, etc. A continuación tienes una serie de situaciones que se le pueden plantear a un bibliotecario en su trabajo diario de atención al usuario:

 

Una persona, en su primera visita a la biblioteca, nos pregunta si puede utilizar los libros y llevárselos a casa en préstamo. ¿Cómo le orientarías?

Un usuario quiere sacar en préstamo una revista. ¿Cuál será tu respuesta?

Un usuario quiere que le pidamos un libro a través del Servicio de Préstamo Interbibliotecario.

Un usuario está interesado en sacar en préstamo un libro al que le faltan algunas páginas. ¿Cómo debemos proceder?

Un usuario desea consultar una obra concreta publicada ese año que no aparece en los catálogos. ¿Qué debes hacer?

Un usuario quiere consultar una obra publicada años atrás que no aparece en los catálogos ¿Qué debes hacer?

Un usuario quiere saber en qué situación se encuentra una obra cuya adquisición solicitó hace quince días.

Un usuario quiere saber si puede fotocopiar un libro ¿Qué responderíamos?

Un usuario tras consultar el catálogo y buscar en los estantes no encuentra una obra. ¿Qué debemos hacer?

Un usuario ¿puede consultar en la sala de libre acceso todos los libros que desee simultáneamente?

Un usuario solicita hacer una fotocopia de un manuscrito, ¿sería posible realizar este servicio?

Un usuario quiere realizar una consulta y no sabe cómo se escribe el nombre de un autor, ¿cómo debería consultar el OPAC?

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Una persona, en su primera visita a la biblioteca, nos pregunta si puede utilizar los libros y llevárselos a casa en préstamo. ¿Cómo le orientarías?

Explicaremos al usuario que el acceso y uso de una biblioteca pública es libre para cualquier persona aunque para hacer uso del servicio de préstamo es necesario tener el carné de prestatario.

A continuación le informaremos de todo lo relativo al uso de la biblioteca: servicios que ofrece, organización de los fondos, horarios, etc.

- Acceso a los fondos: todas las obras de uso frecuente se encuentran en la sala de consulta, encontrándose el resto en los depósitos. Informaremos al usuario del número de obras que puede consultar a la vez de la sección de libre acceso. Si necesita consultar una obra que se encuentra en el depósito deberá solicitarlo en el mostrador de préstamo, normalmente, rellenando un impreso.

- Ordenación de los fondos: Las obras están colocadas en las estanterías, por materias, existiendo carteles indicadores de las obras que contienen. La ordenación de los documentos en los estantes sigue el orden de las notaciones de la CDU. Debemos advertir al usuario de que las revistas, colecciones especiales y obras literarias suelen utilizar otros sistemas de ordenación (números Currens, orden alfabético, centros de interés, etc.).

- Condiciones del préstamo: informaremos al usuario de los documentos necesarios para solicitar el carné de prestatario, cuáles son los documentos objeto de préstamo y cuántos se puede llevar en préstamo simultáneamente, los horarios y plazos de duración del préstamo, posibilidad de renovación, penalizaciones en caso de retraso, pérdida o deterioro del documento, etc.

Por último, ofreceremos al usuario nuestra ayuda ante cualquier duda que pueda tener y si la biblioteca dispone de una guía o reglamento de uso, le aconsejaremos que la consulte.

Un usuario quiere sacar en préstamo una revista. ¿Cuál será tu respuesta?

Casi todas las bibliotecas, salvo las exclusivas de consulta, suelen ofrecer servicio de préstamo de los documentos. El servicio de préstamo puede ser total o limitado. Las bibliotecas que ofrecen el servicio de préstamo total están creadas exclusivamente con ese fin, como por ejemplo los bibliobuses.

Si nos encontramos en una biblioteca de préstamo limitado debemos informar al usuario de cuáles son los documentos excluidos del préstamo:

- Fondos únicos o valiosos (manuscritos, incunables, raros y preciosos, obras con notas manuscritas, autógrafos, etc.)

- Publicaciones periódicas. La información que contienen es puntual y fácilmente reproducible. El extravío de un número puede suponer la destrucción de la colección completa si resultase imposible reponer el volumen perdido.

- Obras de referencia. Son obras utilizadas para hacer una consulta rápida o resolver una duda.

De modo que nuestra respuesta al usuario será que este tipo de material no puede ser llevado en préstamo.

Un usuario quiere que le pidamos un libro a través del Servicio de Préstamo Interbibliotecario.

Primeramente debemos tener en cuenta que no todas las bibliotecas ofrecen este servicio que se rige por una normativa específica (Por ejemplo, las Pautas de la IFLA revisadas en el 87 y las Normas Rebiun del 95) y parte de la existencia de catálogos colectivos que permitan conocer las colecciones de otras bibliotecas.

En el caso de que nuestra biblioteca ofrezca este servicio, primero debemos comprobar que la información solicitada no se halla en otra publicación del propio fondo.

Después informaremos al usuario de las limitaciones de este servicio:

- No se practica con centros que no ofrezcan reciprocidad a la propia biblioteca.

- Debe acomodarse a los convenios y normas generales de préstamo interbibliotecario, lo que significa que no se debe hacer uso del mismo para conseguir documentos de reciente edición que puedan encontrarse fácilmente en el mercado, ni libros de lectura corriente.

- No se practica préstamo interbibliotecario entre bibliotecas de la misma localidad, salvo que la biblioteca que tiene el documento no lo preste a la persona por no ser usuario de la misma, y si a su biblioteca.

- No se presta material raro o precioso, ni revistas, proporcionando a cambio su reproducción.

Si finalmente se decide solicitar el préstamo advertiremos al usuario de que cuando llegue la obra no podrá llevársela a su domicilio, sino que tendrá que consultarla en la propia biblioteca. Si se trata de fotocopias se las podrá quedar previo pago de las mismas, según las tarifas establecidas en la normativa vigente.

Un usuario está interesado en sacar en préstamo un libro al que le faltan algunas páginas. ¿Cómo debemos proceder?

Debemos evaluar el grado de inutilización del ejemplar. Si fueran pocas las páginas que faltan, indicaremos su número en la portada y diremos al usuario que si no queda otro ejemplar disponible para el préstamo, se lo puede llevar. Le aconsejaremos entonces que consulte las páginas faltantes en el ejemplar reservado para consulta en sala.

Si la mutilación fuera importante, retiraríamos el ejemplar de la circulación, nos disculparíamos con el usuario y le diríamos que debe esperar a la devolución de alguno de los ejemplares que están en préstamo en ese momento. Podríamos indicarle la fecha de devolución más próxima y si lo desea hacerle una reserva.

Por nuestra parte procederíamos a dar de baja el ejemplar en el libro de registro, a retirar la ficha del ejemplar de los catálogos correspondientes o a anular el número de registro o de ejemplar en el sistema informático. Después pasaríamos un informe a nuestros superiores para que evaluaran la necesidad de reponer dicho material.

Un usuario desea consultar una obra concreta publicada ese año que no aparece en los catálogos. ¿Qué debes hacer?

Primeramente comprobaremos que el usuario ha hecho correctamente la búsqueda en el catálogo y que, efectivamente, no forma parte del fondo de la biblioteca.

Después consultaremos el archivo de pedidos para saber si se encuentra entre los ejemplares remitidos y no recibidos o entre los ya servidos.

Si el ejemplar se encuentra entre los ejemplares ya servidos informaremos al usuario que deberá esperar a que pase el proceso técnico. En este caso podríamos consultar con el departamento técnico para saber en qué parte del proceso se encuentra el ejemplar y dar al usuario una fecha aproximada en la que podría estar disponible para su consulta. Si el ejemplar se encuentra entre los ejemplares remitidos informaremos al usuario de que la obra está pedida, pero que deberá esperar a que la recibamos y a que pase el proceso técnico.

Si la obra no consta como recibida, ni tampoco pedida, indicaremos al usuario que puede hacer una desiderata solicitando su compra a la biblioteca. Las obras que la biblioteca adquiere a raíz de las desideratas suelen dejarse unos días reservadas para el usuario que las solicitó antes de ser colocada en los estantes. Cuando la obra esté disponible avisaremos al usuario, mediante carta o telefónicamente, para que pase a retirarla.

En el caso de que la petición fuera desestimada por el comité de adquisiciones no se podría solicitar la obra mediante el servicio de préstamo interbibliotecario por tratarse de una obra de reciente edición. Si la biblioteca tiene acceso al catálogo de otras bibliotecas de la localidad podría hacer una consulta y si el ejemplar se encuentra en alguna de ellas, facilitar la dirección al usuario por si quiere dirigirse personalmente a dicha biblioteca.

Un usuario quiere consultar una obra publicada años atrás que no aparece en los catálogos ¿Qué debes hacer?

Primero comprobaremos que el usuario ha realizado correctamente la búsqueda en el catálogo y que, efectivamente, la obra no forma parte del fondo de la biblioteca.

Si la biblioteca forma parte de una red bibliotecaria, deberíamos comprobar si el ejemplar se encuentra disponible en alguna de las bibliotecas que forman dicha red. Si se encontrara, facilitaríamos al usuario la dirección de dicha biblioteca por si quiere pasar personalmente a buscarla.

Si tampoco así la localizamos podemos sugerir al usuario que redacte una desiderata, cuyo impreso le facilitaremos. Debemos advertirle de que al no ser una obra de edición reciente puede que no se encuentre en el mercado o ser desestimada su petición por el comité de adquisiciones.

Entonces, si el usuario a través de una consulta en algún catálogo colectivo localiza la obra y si la biblioteca ofrece el Servicio de Préstamo Interbibliotecario se podría estudiar la conveniencia de utilizar este servicio.

Un usuario quiere saber en qué situación se encuentra una obra cuya adquisición solicitó hace quince días.

Comprobaremos si le hemos notificado mediante carta la disponibilidad de la obra o si se encuentra entre las que tenemos reservadas pendientes de avisar al usuario que las solicitó.

Si no estuviera comprobaríamos en el fichero de pedidos para ver si la obra está pedida o ya recibida. Si la obra se encontrara entre las pedidas y no recibidas informaremos al usuario que debe esperar a que la recibamos y pase el proceso técnico. Si ya la hubiéramos recibido informaremos de que deberá esperar a que pase el proceso técnico y entonces le avisaremos. Si la necesitara con mucha urgencia podríamos consultar al departamento técnico la posibilidad de dar preferencia a dicha obra.

Si la obra no figura como pedida ni recibida, consultaremos con el departamento técnico para saber si todavía no han tomado la decisión de su selección o por el contrario, si han desestimado su petición. Informaremos al usuario de lo que corresponda.

Un usuario quiere saber si puede fotocopiar un libro ¿Qué responderíamos?

En España se encuentra en vigor la Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

Esta ley autoriza la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa.

Diremos por tanto al usuario que puede hacer fotocopias de libro si son para uso privado y sin ánimo de lucro y le informaremos del lugar donde se encuentra el servicio de reprografía.

Un usuario tras consultar el catálogo y buscar en los estantes no encuentra una obra. ¿Qué debemos hacer?

Primeramente comprobaremos que el usuario ha efectuado la búsqueda correctamente en el OPAC y que la obra no está prestada.

Si la obra está prestada debemos sugerir al usuario que consulte el ejemplar reservado para consulta en sala o si lo que quiere es llevárselo en préstamo, hacer una reserva.

Si el ejemplar reservado para consulta en sala tampoco se encontrara en su lugar podría estar siendo consultado por otro usuario, con lo cual, debería esperar a que este terminara su consulta. Si el ejemplar se encontrara en uno de los carritos a la espera de ser colocado en el estante, el usuario podría cogerlo para hacer la consulta.

Por último si el ejemplar que buscaba el usuario no se encuentra en su lugar, no está en espera de ser colocado y tampoco está prestado debemos suponer que, o está mal colocado en las estanterías o se ha extraviado. En este caso tomaremos nota y antes del cierre de la biblioteca comprobaremos si el libro se encuentra en la sala o ha desaparecido.

Hechas todas las comprobaciones posibles y si se constata que el libro ha desaparecido, procederemos a darlo de baja en el libro de registro y anular el número de registro o de ejemplar en el sistema informático. Pasaremos un informe al departamento técnico por si consideran necesaria su reposición.

Un usuario ¿puede consultar en la sala de libre acceso todos los libros que desee simultáneamente?

Depende de lo que esté establecido en las normas de funcionamiento de la biblioteca. Por lo general no se pueden consultar más de dos o tres obras a la vez.

El acaparar múltiples obras va en perjuicio de los demás usuarios que también podrían querer consultarlas.

Un usuario solicita hacer una fotocopia de un manuscrito, ¿sería posible realizar este servicio?

No sería posible realizar la fotocopia, ya que éstas causan un efecto negativo sobre el documento original. En el capítulo V, art. 20 - 2 del Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas (RD 582/1989) se establece que la reproducción total o parcial de estos fondos exigirá la formalización de un convenio entre la Administración gestora y el Ministerio de Cultura. Dicha reproducción sólo se podrá llevar a cabo con autorización expresa del Ministerio de cultura.

Un usuario quiere realizar una consulta y no sabe cómo se escribe el nombre de un autor, ¿cómo debería consultar el OPAC?

Debería consultar la lista alfabética de autores para ver cómo está introducido el nombre en el catálogo. Si el usuario conoce algún otro dato del documento que busca (título, editorial, edición, etc.) o la materia de la que trata, podría realizar una búsqueda por esos datos, ya que el OPAC también permite esa opción.

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